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August 7, 2019

Puntos clave en la ley de extinción de dominio


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En estos últimos días se ha hablado mucho de los cambios que tendrá la Ley de Extinción de Dominio y por lo visto, no son buenas noticias para los propietarios.

La Ley de Extinción de Dominio se define como “la pérdida de derechos que tenga una persona en relación a los bienes cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y que sean objeto o producto de ilícitos como delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos y petroquímicos, delitos contra la salud y trata de personas”.

También los bienes producto de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita (vinculada con la ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita), extorsión, estarían sujetos a este procedimiento.

A diferencia de la actual ley aún vigente, la ley de extinción de dominio se limitaba exclusivamente a delitos relacionados con el narcotráfico y el crimen organizado.

Ahora, esta modificación a la Ley, que se aprobó la semana pasada por la Cámara de diputados, establece que el estado podrá decomisar bienes relacionados a actos ilícitos para obtener un beneficio económico que será utilizado por el gobierno federal para financiar programas sociales prioritarios.

Así mismo, ha generado preocupación entre legisladores debido a que, como quedó planteada por los diputados, afectaría la suposición de inocencia y por ende ocasionará que ciudadanos inocentes pierdan sus propiedades. Al decomisar los bienes se pondrán en venta en ese momento sin que medie la sentencia de un juez para que se recupere él bien.

Pese a los riesgos de violentar el derecho a la propiedad privada, la mecánica que se está proponiendo va a consistir en que un bien se confisca, se retiene y se hace un avalúo formal.

El proceso del Juicio para deslinde de responsabilidades continua (Tanto para el Propietario como los Intermediarios). Si resulta que esa retención del bien es injusta se le devolverá al propietario el valor que la autoridada determine de la venta de la propiedad.

¡OJO, la propiedad no se va a regresar a su legítimo dueño!

En conclusión, la nueva Ley de Extinción de Dominio será más estricta y el propietario tiene que tener mucho cuidado si quiere rentar o vender su propiedad, ya que si algo sale mal su patrimonio estaría en riesgo.

Por tal motivo un estudio socioeconómico previo puede ayudarte a que esto no te suceda. En ConektData tenemos los mecanismos necesarios que te ayudarán a evitar riesgos.